Perito del IMSS no rinde dictamen y condenan a otorgar pensión por invalidez a persona

Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- Otra vez, un perito médico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), no rinde su dictamen y la autoridad laboral condena al organismo a pagar pensión por invalidez definitiva a una persona, ya que mediante la ejecutoria 558/2023, Magistrados Federales, le negaron el amparo ya que no existe violación alguna a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en la emisión del Laudo.

El Magistrado Osbaldo López García, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, si el demandado ofreció la pericial médica para evidenciar la inexistencia de los padecimientos que afirmó tener el actor y no obstante ello su propio perito no emitió el dictamen que le fue encomendado (a pesar de los diversos términos decretados por el tribunal laboral) resulta legal la deserción decretada por la autoridad dado el demostrado desinterés.

El 21 de abril del 2023, la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Reynosa, emitió el Laudo del juicio laboral 1252/2019, mediante el cual condeno al IMSS a otorgar y pagar a la accionante la pensión por invalidez definitiva en términos de los artículos 128, 129 y demás relativos de la Ley del Seguro Social de 1973 y otras prestaciones, el órgano federal recurre al juicio de amparo.

                El Magistrado Carlos Manuel Bautista Soto, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, de las constancias de autos se desprende que la junta en la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas y resolución, de veintiuno de febrero de dos mil veinte señaló el veintiuno de mayo siguiente para que el perito designado por el IMSS aceptara y protestara el cargo conferido, exhibiera y ratificara su dictamen, apercibido que de no hacerlo se declararía desierta la probanza.

Pero en dicha fecha ni en las subsecuentes de 21 de septiembre de 2020, 21 de enero y  9 de abril de 2021, el profesional de la medicina designado para emitir dicho dictamen lo aportó; no obstante el apercibimiento en el sentido de que en caso de no exhibirlo en dicha fecha se declararía desierta la pericial; de ahí que la Junta hizo efectivo el apercibimiento de decretar la deserción de su pericial médica, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *